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mayo  20, 2024

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La comunicación oportuna y veraz de las políticas como un bien público a cuidar
"¡el Pueblo quiere saber de qué se trata…!"

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Copyright 2024 - elDial.com - editorial albrematica - Tucumán 1440 (1050) - Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Argentina

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La comunicación oportuna y veraz de las políticas como un bien público a cuidar
"¡el Pueblo quiere saber de qué se trata….!"

Por Roberto Punte 

 

Durante la década que ha transcurrido se ha afirmado el criterio de la superioridad de la política sobre la economía, cuestión sobre la que cabe coincidir plenamente. Sin embargo, es preciso realizar salvedades. Primero, que esta noción de “política” se refiere, sin duda, a la “arquitectónica” o de buen gobierno, y debe distinguirse de la politiquería o mera pugna de intereses sectoriales o personales. En este caso los ejemplos son útiles. De buen gobierno puede ser la decisión de una obra y de politiquería subir su precio, o limitar el número de ofertantes a la licitación para repartir entre los funcionarios que intervienen. Lo mismo ocurre cuando, en una decisión política se decide poner el desarrollo social, el cuidado del ambiente, la protección de las personas, por encima del eficientismo y el beneficio o lucro. Podría ser más eficiente producir con esclavos que en una comunidad de empleadores y empleados, o más rentable desalojar a los pobladores, talar los montes y explotar los campos en grandes extensiones de soja, con máquinas. En temas así es donde se define la diferencia entre las decisiones de sana política y las de politiquería.-

 

Ahora bien, frente a la crisis cambiaria y bancaria desatada estos días no puede sino pensarse en varios interrogantes similares. En primer lugar, el de pérdida de noción de la importancia de que las decisiones políticas correspondan a la búsqueda de un sano equilibrio y no generen mayor daño que el que se quiere evitar. Los buenos gobiernos crecen en la medida de su acertada respuesta a los problemas, pues gobernar siempre es sortear dificultades, y no puede echarse la culpa a la menor o mayor gravedad del caso, cuando es evidente que se ha desacertado en el remedio.-

 

Por otra parte, para evitar precisamente sumar demasiados errores en la toma de decisiones existen una serie de instrumentos institucionales, que permiten debatir las posibles opciones para buscar el mejor menú de equilibrio posible entre las potencialmente buenas soluciones.-

 

Una buena economía se asienta principalmente sobre la confianza del público, sobre las proyecciones a futuro de sus actividades, pues estos deciden la delicada matriz de ahorro-inversión- o atesoramiento/gasto, que está en la esencia del circuito económico. En su Acordada 36/2009 la Corte Suprema, teniendo en cuenta las interrelaciones entre el derecho y la economía, dispuso crear una Secretaría especial para contar con una unidad técnica, a la cual se le pudiera solicitar una opinión fundada acerca de los efectos macroeconómicos que derivarían de decisiones que eventualmente pudieran adoptarse en expedientes en trámite ante los tribunales. Al comentar esa Acordada dije que esta era una decisión que sería deseable si fuera seguida por los otros dos poderes, que necesitan aún más que la Justicia, sopesar las consecuencias de sus decisiones sobre el “desenvolvimiento de las actividades económicas que se realicen en el país”, en los casos concretos en que deben actuar y decidir y si estos son o no acordes con la Constitución y sus principios.(1)

 

Siempre la peor consecuencia macroeconómica de una decisión inconveniente es la ruptura de la seguridad jurídica y su secuela, el descreimiento en las instituciones. Por ello, no sólo por mera justicia, sino por buena economía, las argucias contables de los responsables de los tesoros públicos por incumplir las obligaciones que son consecuencia de sus errores y desaciertos previos no pueden ser sostenidas por los tribunales. De ahí que el análisis consecuencialista es valioso y deseable siempre que sea integral, tomando en cuenta también los elementos propios del resguardo en primer término de la Constitución, de los derechos adquiridos, la estabilidad de los contratos, de la previsibilidad y de la palabra empeñada, sobre todo bajo la solemne formalidad de la ley. Precisamente por esto, entre esos resortes institucionales se encuentra sin duda el constitucionalmente previsto “programa general de gobierno e inversiones públicas para el año”, a cargo del Congreso, que se debe adicionar al presupuesto según lo dispone el art.75 inc.8º.(2) La falta del mismo, no puede ser suplida por una propuesta tan genérica como el denominado “modelo de inclusión con desarrollo social”, categoría vacía que puede ser llenada desde la izquierda o desde la derecha, con cualquier tipo de medidas, desde la democracia o el autoritarismo. No hay crecimiento macroeconómico “con inclusión y desarrollo”, sin instituciones y seguridad jurídica firmemente establecidas, dejando a salvo que tampoco se defiende hacer un tótem de la seguridad, que puede ceder ante el cambio de circunstancias, pero, de nuevo, sobre carriles programados y previsibles. Salvando las distancias, otro ejemplo de categoría vacía que se convirtió en un fin por sí misma fue el de la “convertibilidad“, que lo mismo pudo encubrir un proceso de remonetización y resurgimiento del mercado interno, como al principio ocurrió, que el posterior masivo endeudamiento externo e interno para mantenerla luego fuera de toda razonabilidad, cuando era notorio el cambio de circunstancias.-

 

El mecanismo de las actividades sorpresivas y basadas en políticas secretas, no explicitadas previamente, es una táctica que bien puede ser utilizada en la guerra. San Martín al cruzar los Andes, trató de confundir al enemigo, mandando expediciones auxiliares e informantes falsos para que lo esperaran en distintos puntos y no por los dos lugares donde iba a pasar el grueso de su ejército.-

 

Pero, esto que es válido para con los enemigos, no es válido para el pueblo a quien debe tratarse como a un amigo a quien se le explican las cosas. Por ello, sabiamente la Constitución ha establecido, que junto con el presupuesto, debe aprobar el Congreso el referido “programa general de gobierno”, que consiste mucho más que en una suma de propósitos que pueden ser llenados igualmente con políticas de izquierda, de centro, o de derecha, sino un plan explicitado, preciso en las metas a cumplir, con determinación del tiempo en que cada acción se ha de desarrollar, así como los medios reales y disponibles con que se cuenta para ello, y los modos de control de eficacia y eficiencia en su realización así como las responsabilidades consiguientes para quienes sean los encargados de cumplir el plan.-

 

En consecuencia, y como colofón puede decirse que cualquier decisión de economía debe estar presidida por un criterio político, pero no puede apartarse de los marcos de previsibilidad que han sido previamente anunciados como pautas de esa política. He aquí el delicado equilibrio entre derecho, instituciones y política y la necesidad de que se respeten pautas constitucionales mínimas, como la existencia de definiciones concretas de políticas de Estado, que sean conocidas por todos y luego respetadas, y si las circunstancias cambian, puedan generar sus propias correcciones sin apartarse de los ejes conocidos y aceptados por los ciudadanos actuando como cuerpo electoral.-

 

 

 



(1) “Apostilla respecto de la Acordada 36/2009 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación”, Por Roberto Antonio Punte. Publicado el 05/10/2009 (elDial.com - DC11E4)

(2) El concepto de “programa general de gobierno “y el requisito de “plan de inversiones públicas” como base del presupuesto nacional en el art.75 inc.8º de la Constitución Nacional”, Por Roberto Punte y Conrado Estol. Publicado el 07/08/2006 (elDial.com - DC95C)

 

Citar: elDial.com - CC2AEB

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